En la página web de la AFIP los contribuyentes encontrarán un micrositio dedicado al Sinceramiento Fiscal donde expresa "Declará tu patrimonio,regularizá tu deuda y si cumpliste, enterate de los beneficios.
El contribuyente encontrará información sobre las medidas dispuestas, dividida en:
- Declaración Patrimonial (exteriorización de moneda y bienes)
- Moratoria (regularización de deudas)
- Beneficios a contribuyentes cumplidores
Con respecto a Bienes Personales expresa:
Si cumpliste con la obligación correspondiente a Bienes Personales por los períodos fiscales 2014 y 2015, serás considerado un contribuyente cumplidor y podrás gozar de una serie de beneficios fiscales especiales.
Los beneficios son:
- Exención del Impuesto sobre los Bienes Personales por los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018, inclusive, o
- Si no corresponde lo anterior exención del impuesto a las ganancias para la primer cuota del aguinaldo 2016, para empleados en relación de dependencia y jubilados.
En cuanto a la regularización de deudas (moratoria) ofrece un descuento del 15% por pago al contado.
Incluyendo tu deuda a la moratoria de la Ley de Sinceramiento Fiscal y abonándola al contado, el total de la misma será reducido un 15%. Recordá que el pago al contado podrás efectuarlo únicamente mediante VEP, el cual podrás generar a través del servicio “Mis Facilidades” cuya validez será hasta las 24 Hs. del séptimo día corrido, inclusive, siguiente al del acogimiento. El plazo es hasta el 31/03/2017.
Por último, el Sinceramiento Fiscal prevé que la compra de un Bono en dólares, eximirá del pago del impuesto especial por la regularización:
No hay comentarios:
Publicar un comentario